Jorge Daniel Taillant es fundador de CEDHA y dirige su trabajo en glaciares y minería

El tribunal, que en abril había ordenado la paralización total de la iniciativa, acogió este lunes el recurso de protección interpuesto por comunidades diaguitas del valle del Huasco.

La Corte de Apelaciones de Copiapó, integrada por los ministros Antonio Ulloa Márquez, Mirta Lagos Pino y Pablo Krumm de Almozara,acogió este lunes el recurso de protección interpuesto en septiembre por comunidades diaguitas del valle del Huasco y mantuvo la paralización del proyecto minero Pascua Lama, de la canadiense Barrick, hasta que éste no cumpla con las medidas comprometidas en su Resolución de Calificación Ambiental (RCA).

El fallo ordena a Minera Nevada SpA, subsidiaria de Barrick y titular del proyecto en Chile a «mantener paralizada la construcción del proyecto minero en cuestión hasta que se adopten todas las medidas contempladas en la RCA para el adecuado funcionamiento del sistema de manejo de aguas así como las medidas urgentes y transitorias que ha ordenado la Superintendencia del Medio Ambiente, previa verificación por parte de la mencionada autoridad medioambiental».

Además solicita a la compañía, dentro del plazo de 15 días hábiles contado de la notificación de la resolución, el inicio del procedimiento administrativo de revisión de la RCA, para determinar si efectivamente la variable ambiental relativa a la línea de base de calidad de aguas del proyecto ha variado sustantivamente, y por ende, corresponde adoptar las medidas administrativas necesarias para corregir dicha situación.

«En el evento que la autoridad competente, determine la ausencia de una modificación de las variables ambientales y la improcedencia de una revisión a la RCA, se requerirá por esta Corte a la Superintendencia del Medio Ambiente iniciar un proceso de investigación respecto a los referidos hechos y los efectos que pudieren provocar», agrega la resolución.

A comienzos de abril la Corte de Apelaciones de Copiapó ordenó paralizar completamente las obras del proyecto tras acoger la orden de no innovar interpuesta por el abogado de las comunidades diaguitas del valle del Huasco, Lorenzo Soto.

Las comunidades acusan que la firma está afectando el derecho a la vida debido a que ha perjudicado los glaciares el Toro 1, Toro 2 y Esperanza, y contaminado los recursos hídricos de la zona.

Al respecto el fallo establece que la compañía debe «presentar toda la información relativa al plan de seguimiento y monitoreo de glaciares ante la Superintendencia del Medio Ambiente a fin de que ésta fiscalice y monitoree el cabal cumplimiento de la ley ambiental, sin perjuicio de que inicie los procedimientos administrativos correspondientes».

Asimismo sostiene que «con el objeto de velar por el íntegro y adecuado cumplimiento de lo decretado precedentemente, la Superintendencia del Medio Ambiente deberá implementar y ejecutar, a lo menos semestralmente, actividades de fiscalización al proyecto, en especial, a las obras relacionadas con los recursos hídricos afectados por su realización».

La resolución del tribunal va en línea con la sación aplicada por la Superintendencia de Medio Ambientem (SMA), que el 24 de mayo aplicó una multa de unos $8 mil millones a Barrick y paralizó las obras de la iniciativa hasta que la empresa no ejecute el sistema de manejo de aguas en la forma prevista en su RCA.

Barrick señaló recientemente que la producción de Pascua Lama no se iniciará en el segundo semestre de 2014 como estaba previsto y que el retraso en la construcción del proyecto implicará un aumento en los costos, aunque no detalló a cuanto podrían elevarse.

Barrick ya había incrementado la proyección de costos dos veces el año pasado, hasta un máximo de US$8.500 millones.