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Plaguicidas prohibidos en Barrio Alta Córdoba

Acopio irregular por más de 30 años de plaguicidas prohibidos en el depósito regional del Servicio Nacional de Calidad Agroalimentaria (SENASA) en la Ciudad Córdoba-Impacto en el ambiente-Efectos en la salud-Acción de recomposición ambiental-Denuncia penal.


ANTECEDENTES DEL CASO

El caso ddt, se hace público en el mes de enero de 2005 a través del periódico cordobés “La Voz del Interior”. Dicho periódico informó que el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), conservaba desde hace 30 años, en un depósito regional de su propiedad más de 12 toneladas de plaguicidas prohibidos, -entre ellos DDT-, en irregulares condiciones de almacenamiento y a tan sólo veinte cuadras del centro de la Ciudad.

La existencia, calidad y tipo de agroquímicos almacenados en el depósito fue admitida por SENASA.-

 

INTERVENCIÓN DE LA CLÍNICA JURÍDICA DE DERECHOS HUMANOS Y AMBIENTE ESTRATEGIA JURIDICA:

RECOMPOSICIÓN AMBIENTAL DEL SITIO – ESTUDIO EPIDEMIÓLOGICO :

La Clínica Jurídica de Derechos Humanos y Ambiente, toma intervención en el caso, a solicitud, de vecinos de las inmediaciones del depósito. Los vecinos requerían el saneamiento del predio que subsistía contaminado no obstante el retiro de los plaguicidas del lugar por orden de las autoridades.
La Clínica Jurídica de Derechos Humanos y Ambiente, decidió a los efectos de de dar respuesta a los requerido por los vecinos interponer demanda contra el SENASA (*1), reclamando la recomposición ambiental del lugar. Dicho reclamo, fundado en la Ley General del Ambiente (L.G.A. Ley 25.675), tiene por objeto que la Justicia ordene al SENASA recomponer, a su costa, el lugar donde funcionaba el depósito regional de plaguicidas. Además, solicitó al tribunal, que disponga la clausura y custodia permanente del lugar a fin de que no se retiren del lugar elementos que puedan ser válidos como medios de prueba; y peticionó que se imponga al SENASA, la realización de un estudio epidemiológico a los vecinos de las inmediaciones que pudieran estar afectados en su salud por el acopio de plaguicidas prohibidos.
En los últimos días, la Cámara de Apelaciones otorgó las medidas cautelares que fueran objeto de apelación por la Clínica Jurídica en marzo del 2006-

RESPONSABILIDAD DE FUNCIONARIOS ESTATALES:

Existe una causa penal iniciada por  denuncia (*2) fundada en la ley de Residuos Peligrosos 24.051. En la causa se investiga a funcionarios que pudieran resultar responsables; la Clínica Jurídica de Derechos Humanos y Ambiente se constituyó en querellante particular para coadyuvar en la investigación.-

(*1) “Fundación CEDHA c/ SENASA- Ordinario” Juzgado Federal N 1, Córdoba.

(*2) “Montenegro Raul s/ denuncia”