MUNICIPALIDAD DE ANDALGALÁ – PROVINCIA DE CATARMARCA – REPÚBLICA ARGENTINA
INTENDENCIA MUNICIPAL, FISCALÍA MUNICIPAL Y ASESORÍA LEGAL INFORMAN:
Entre los días 06 y 10 de Septiembre del corriente, se hará presente en nuestro municipio un grupo de profesionales, enviados por el INSTITUTO ARGENTINO DE NIVOLOGÍA, GLACIOLOGÍA Y CIENCIAS AMBIENTALES (IANIGLA), con el objeto de dar cumplimiento con la Ley 26.639 de “PRESUPUESTOS MÍNIMOS PARA LA PRESERVACIÓN DE LOS GLACIARES Y DEL AMBIENTE PERIGLACIAL”, (Arts. 6, 15, ss y cc). Ello, a solicitud de fecha 25/07/2012, de distintas organizaciones sociales y comunidades originarias, que instaron al cuerpo deliberativo de esta ciudad a dar uso responsable de la Ley 26.639.-
En ese marco, el CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIAPALDAD DE ANDALGALÁ de manera UNANIME sanciona la Resolución 032/12 mediante la cual se ordena: Solicitar a la Autoridad de Aplicación en la materia, la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, IANIGLA, y a la Gobernadora LUCIA CORPACCI, Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Pcia. de Catamarca, Secretaría de Estado de Minería de la Pcia. de Catamarca procedan a dar cumplimiento irrestricto a los prescrito por los Arts. 3, 4, 5 y 15 de la Ley 26.639 (Art. 1, 2, y 3. Res. 32/2012 CD- de fecha 07/08/2012).-
En la misma Resolución votada UNÁNIMEMENTE por el Cuerpo Deliberativo de esta Ciudad, se ordena al Sr. Intendente, que a través de FISCALÍA MUNICIAL y/o ASESORÍA LEGAL del Municipio, se inicien acciones administrativas y/o judiciales a fin de la efectiva aplicación de la Ley 26.639 (Art. 4, Res. 32/2012 CD).-
En cumplimiento de dicha resolución desde la INTENDENCIA MUNICIPAL, se envió Carta Documento Nº 366494551, a IANIGLA intimando a esta institución a dar cumplimiento a los Arts. 3, 4, 5, 6 y 15 Ley 26.639. Recibiendo como respuesta Carta Documento Nº 366234809, mediante la cual el Director de IANIGLA, Dr. RICARDO VILLALBA, informa al Sr. Intendente que se procederá a realizar el INVENTARIO NACIONAL DE GLACIARES en las zonas del NEVADO DEL ACONQUIJA cuenca SALI DULCE y CUENCA ALTA DEL RIO JURAMENTO, en las zonas que se consideran prioritarias Proyecto Minero Agua Rica y Proyecto Minero Filo Colorado. Informando mediante e-mail de fecha 22/08/2013, en carácter de Coordinador del Inventario Nacional de Glaciares, Ing. GUSTAVO COSTA, que entre el 06 y 10 de Septiembre del corriente año, realizarían la Campaña de campo en la zona de Andalgalá.-
Ante la inminencia de las fechas dispuestas por IANIGLA, desde el Ejecutivo Municipal, hemos trabajado en la conformación de una COMISIÓN AUDITORA, integrada por prestigiosos profesionales idóneos: Dr. Aldo Luis Banching, Lic. En Ciencias Geológicas, Dr. En Ciencias Geológicas; Mgter. Pablo Lidoro Toranzo Rozzi, Lic. En Geografía, Maestría en Geomorfología Cuaternaria; y el Dr. Carlos Seara, Dr. en Ciencias Geológicas; la que se encuentra legitimada para actuar, por cuanto el Sr. Intendente detenta el poder de policía municipal en materia ambiental. Dicha comisión emitirá un dictamen sobre las constataciones que puedan realizarse en el trabajo de campo, acompañando en todo momento a los profesionales de IANIGLA.-
En cuanto a las versiones de que el IANIGLA NO REALIZARÍA EL TRABAJO DE INVENTARIO DE GLACIARES Y AMBIENTES PERIGLACIALES, este municipio en cumplimiento de la RESOLUCIÓN Nº 032/2012 emanada de la UNANIMIDAD DEL CONCEJO DELIBERANTE, INICIARÁ ACCIONES LEGALES TENDIENTES AL CUMPLIMIENTO DE LA LEY 26.639 de PRESUPUESTOS MÍNIMOS PARA LA PRESERVACIÓN DE LOS GLACIARES Y DEL AMBIENTE PERIGLACIAL.-
Suscriben el presente: INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE ANDALGALÁ: Prof. ALBERTO ALEJANDRO PAEZ – FISCAL de la MUNICIPALIDAD DE ANDALGALÁ: Dra. MARIA SELENE HERRERA AGÜERO – ASESOR LEGAL DE LA MUNICIPALIDAD DE ANDALGALÁ: D