Jorge Daniel Taillant es fundador de CEDHA y dirige su trabajo en glaciares y minería

El Centro de Derechos Humanos y Ambiente (CEDHA) continúa participando del proceso de elaboración definitiva del proyecto de ley de presupuestos mínimos que regulará el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA). Las instancias de participación pública fueron organizadas por la Presidencia de la Comisión de Recursos Naturales de la Cámara de Diputados de la Nación, llevándose a cabo dos reuniones los días 25 de agosto y 1 de septiembre del presente año. Finalizadas estas, se decidió conformar una Subcomisión de Redacción, con el objeto de preparar un texto final, el cual fue puesto ayer en consideración del conjunto de asesores de los diputados integrantes de la Comisión.

La redacción del articulado se realizó sobre la base de un proyecto presentado por el Senador José Pampuro (2483/06), que cuenta con media sanción de la Cámara de Senadores, y un proyecto similar de la diputada Mabel Müller (1174-D-2006), con media sanción de la Cámara de Diputados, ambos votados por sendas Cámaras el día 14 de marzo del 2007. La intención de la Subcomisión fue conciliar un texto único, teniendo en consideración también los aportes de organismos administrativos y distintos actores institucionales convocados. El proyecto, si es convertido en ley, regulará de forma operativa el instrumento, estableciendo así parámetros mínimos a los que deberán adecuarse las regulaciones provinciales. Uno de los principales aportes y propuestas de CEDHA en el marco de este proceso es la inclusión de la audiencia pública con carácter obligatorio, para aquellos emprendimientos con impacto ambiental significativo, en especial aquellos cuyos efectos puedan afectar otros países. Entre los fundamentos presentados oportunamente por la Fundación CEDHA se encuentran:

• La Audiencia Pública es un instituto consagrado en art. 20 de la Ley General del Ambiente menciona a la Audiencia Pública como instancia de participación en el procedimiento de EIA, junto con el art. 19 de dicha ley que menciona el derecho de toda persona a “ser consultada”. No incluir esta instancia iría en contra del texto, las políticas y principios planteados por la Ley General del Ambiente.

• La misma se encuentra actualmente regulada en gran mayoría de las jurisdicciones del país (diecinueve provincias y la ciudad autónoma). La inclusión obligatoria para ciertos proyectos no violentaría las jurisdicciones locales sino que permitiría terminar con la discrecionalidad administrativa muchas veces renuente a exigir audiencias públicas a grandes emprendimientos.

• La obligatoriedad de la audiencia pública, es particularmente importante en aquellos emprendimientos de mayor magnitud, y cuyo posible impacto involucra a más de una provincia o a terceros países. Asegurar mecanismos de control y participación de la sociedad civil y los potenciales afectados colaboraría con una mayor y más eficaz prevención de potenciales conflictos y afectaciones a los DDHH y al medio ambiente, promoviendo la adopción de políticas públicas de desarrollo e inversión sustentables y legitimadas.

• Responder a las demandas sociales y comunitarias de información y participación no sólo implicaría un avance en materia legislativa ambiental para nuestro Estado, sino también un progresivo adelanto en materia de derechos humanos de los habitantes de nuestro país y de países vecinos, en especial ante el rápido desarrollo de iniciativas regionales de potencial gran impacto.

Una vez aprobado el texto por el conjunto de asesores de la Comisión de Recursos Naturales, deberá ser votado por los diputados miembros de la misma, conformando así el dictamen ha tratarse a futuro en el recinto de la Cámara Baja. La reunión de diputados de la Comisión se calcula para dentro de dos semanas.

 

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