Jorge Daniel Taillant es fundador de CEDHA y dirige su trabajo en glaciares y minería

Las mineras deberán revelar sus impactos y atenerse a la ley

Buenos Aires, Argentina. Barrick Gold, la empresa que proponía dinamitar glaciares y trasladarlos para llegar al oro en Pascua Lama, sufrió hoy una severa derrota en la Corte Suprema de la Nación.

No solamente se dio marcha atrás con las medidas cautelares otorgadas a favor de la empresa, y que que suspendían la ley federal de glaciares, sino que la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha ordenado presentar, en un plazo de 180 días, la Auditoría Ambiental sobre glaciares para determinar si la empresa podrá seguir operando los proyectos Veladero y Pascua Lama en la provincia de San Juan. Las implicancias del fallo para el sector minero de alta montaña son contundentes. Deberán evitar todo impacto en glaciares y ambiente periglacial. Si no, deberán irse.

La Ley Nacional de Presupuestos Mínimos para la Protección de Glaciares y Ambiente Periglacial (Nº 26639) está ahora plenamente vigente en todo el territorio Argentino, incluyendo a la provincia de San Juan, donde un centenar de proyectos mineros en etapas de exploración como El Pachón (Xstrata Copper), Los Azules (McEwen Mining), El Altar (Peregrine Metals), Vicuñas (NGEx Resources), entre otros, buscan minerales en zonas ricas en glaciares y ambiente periglacial.

En el caso de Barrick, la situación se torna aun más complicada y preocupante para la empresa pues, a pesar de sus afirmaciones, no ha realizado ni presentado un inventario de glaciares en torno a su proyecto, ni ha hecho estudios para los más de 200 glaciares afectados por emprendimientos como Veladero, hace varios años en operación. Pascua Lama que aún no inicia su etapa de explotación, se podría ver demorado y hasta suspendido indefinidamente por la ratificación de la vigencia de la ley.

Rodrigo Jimenez, vicepresidente de Asuntos Corporativos de Barrick en Sudamérica, inundado por llamados de la prensa de todo el mundo declaró en defensa de la empresa:

“Estamos en el proceso de evaluación del texto del fallo; sin embargo, es importante destacar que nuestras actividades no se realizan en glaciares y que Barrick cumple en todo con sus respectivas aprobaciones ambientales, incluyendo la legislación provincial para la protección de glaciares. Estamos legalmente facultados para continuar nuestras actuales actividades sobre la base de las aprobaciones existentes.”

El mensaje de Barrick es para sus inversores, que ya están sensibilizados del frío riesgo que este tema representa. Pero la realidad es otra. Barrick no ha presentado ningún estudio de impacto de sus actividades en los más de 200 glaciares afectados por sus operaciones, que incluyen no solamente la zona del proyecto de Pascua Lama, sino también Veladero y toda la zona que rodea a los 180 kilómetros de su camino de acceso por la localidad de Tudcum. Inclusive, un reciente derrumbe de una pila de escombros en Veladero fue causado por la ubicación irresponsable de la empresa de la escombrera sobre suelos congelados.

Barrick insistió en ubicar la escombrera en este sitio a pesar de las advertencias por el reconocido glaciólogo Juan Pablo Milana del peligro que implicaba. Barrick, a la fecha, ha informado únicamente sobre un monitoreo de tan solo un puñado de los centenares de glaciares que estaría afectando. La Administración de Parques Nacionales de Argentina ya ha expresado su preocupación sobre el eventual impacto de Pascua Lama en los glaciares que nutren a la Biosfera de San Guillermo, un sitio protegido por la UNESCO y que tiene a Pascua Lama dentro del territorio de la reserva.

Barrick ya se enfrentó con severos problemas glaciológicos cuando se descubrió que el camino introducido por la empresa prácticamente destruyó el glaciar Norte y el Almirante Brown (ver primer foto del comunicado).

Otro de los elementos de preocupación para Barrick, uno que mantenía a escondidas, son las disposiciones de la Ley Nacional de Glaciares sobre ambiente periglacial, que son suelos congelados o permafrost, los que también están claramente estipulados en la Ley Nacional de Glaciares como zonas donde no se pueden realizar tareas mineras. La siguiente tabla extraída del Estudio de Caracterización de Permafrost, realizada para Barrick y pagada por la empresa revela cuán problemático es la situación para la minera canadiense. En el caso del rajo de Lama, según sus propios estudios, “toda el área es permafrost”, en el caso de las botaderas, “posiblemente la mayoría es permafrost”. Esta condición sería incongruente con la ley de glaciares. El proyecto de Barrick, en estos términos, sencillamente es ilegal.

A esto se suma la contaminación atmosférica de las operaciones que también impactan en el hielo protegido por ley. Operarios de la empresa enviaron imágenes de cómo la actividad preparatoria de Barrick para Pascua Lama levanta polvo en la atmósfera que se deposita sobre glaciares como el Estrecho (ver foto), oscureciéndolo y acelerando su taza de derretimiento. Algunos glaciares en la zona del emprendimiento de Veladero y de Pascua Lama, solamente por tareas de preparación, ya han prácticamente desaparecido desde la aparición de la empresa en la zona.

La medida de la Corte fue largamente esperada por muchas empresas que tienen sus inversiones y equipos de exploración ubicados en la alta cordillera de los Andes, en provincias como San Juan, La Rioja, Catamarca, Salta, y Jujuy. El fallo, de ocho páginas, es contundente. La medida cautelar dictada casi dos años atrás por el juez federal sanjuanino Miguel Galvez,  que ordenaba suspender los artículos 2, 3, 5, 6, 7, y 15 de la ley 26.639 ha quedado sin efecto. En consecuencia, la provincia deberá permitir que el IANIGLA realice sin obstáculos el inventario de glaciares en la provincia, y los proyectos mineros en ejecución deberán realizar una Auditoría Ambiental para demostrar, en el plazo de 180 días, que sus obras no impactan sobre glaciares. En caso de que su trabajo impacte en glaciares o en ambientes periglacial, deberán modificar su proyecto y si no pueden, deberán irse. El art. 15 de la Ley Nacional es realmente claro en este punto.

El problema para muchas de estas empresas que buscan minerales preciosos por encima de los 4,000 metros en provincias como La Rioja o San Juan, es que en esa altura, estos suelos, congelados prácticamente todo el año, son el objeto específico de protección de esta ley. El caso de Barrick Gold es ejemplar y da la pauta de lo que se viene.

Empresas como NGEx Resources (proyectos de Vicuña, Las Flechas, José Maria), McEwen Mining (Los Azules), Peregrine Metals (El Altar), Glencore (Aguilar), Malbex (Del Carmen), Anglo American (Cerro Verde), Osisko (Famatina), y muchos otros esperaban seguir amprándose con aquella medida cautelar dictada por el juez sanjuanino. Pero el fallo fue un balde de hielo para las empresas mineras, y  ratificó lo que las dos cámaras del Congreso de la Nación ya habían dictado por unanimidad en el 2008. Los glaciares son de interés público y deben protegerse.

El fallo insiste en que se avance con el Inventario Nacional de Glaciares, y que según los resultados del mismo, se proceda a especificar qué zonas mineras estarían afectando a glaciares y a ambientes periglaciares. Los temores de las empresas no son menores. Hace pocas semanas, el IANIGLA, instituto nacional de glaciología, anunció el primer trabajo completado del relevamiento, sobre la cuenca del Río Mendoza donde hay ya registrados 1,600 glaciares. En esa zona, dice el IANIGLA, ya no se podrá hacer minería, pues la ley nacional lo prohíbe. Es lo que indudablemente se viene para San Juan, la definición de zonas donde no se podrá hacer minera por el impacto que podrá tener en glaciares.

Recordamos que el conflicto social y político que dio nacimiento al gran debate de la actualidad fue la propuesta de la misma Barrick Gold de dinamitar glaciares (descrita por las imágenes infantiles en un brochure sorprendente circulado por la empresa a comunidades locales en Chile) y plasmado en un plan increíble de destruir glaciares. Hoy no podría suceder esta atrocidad, porque el país cuenta con una ley de protección de glaciares.

Para más información:

Jorge Daniel Taillant
Centro de Derechos Humanos y Ambiente (CEDHA)
[email protected]

link al fallo:https://center-hre.org/wp-content/uploads/2011/04/Fallo-Barrick-Revocación-de-cautelar.pdf (in Spanish only)

link a la Ley de Glaciares